SERVICIO

Recurso de Revocación ante el SAT, defensa en 30 días.

Primera defensa formal contra una resolución del SAT. Plazo de 30 días hábiles desde la notificación. No deje que el tiempo corra sin actuar.

Plazo crítico

30 días hábiles desde la notificación.
Puede solicitarse suspensión del crédito.
Vía administrativa antes de llegar a juicio.
El recurso es optativo. En algunos casos puede convenir ir directamente al TFJA.

¿Cuándo necesita este servicio?

Así abordamos su caso

01

Revisión inmediata

Analizamos la resolución del SAT en 24 horas. Identificamos errores formales, violaciones de procedimiento y argumentos de fondo.

02

Escrito de recurso

Preparamos el recurso con todos los argumentos, pruebas y solicitudes pertinentes, incluyendo la suspensión del acto.

03

Presentación y seguimiento

Presentamos el recurso dentro del plazo legal. Damos seguimiento a los requerimientos de la autoridad.

04

Resolución

Si el SAT resuelve en su contra, evaluamos el juicio contencioso ante el TFJA como siguiente paso.

Plazos y resultados

La autoridad tiene 3 meses para resolver el recurso. Si no responde en ese plazo, puede operar la negativa ficta y abrirse la posibilidad de acudir al Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Cada caso es distinto. Los plazos y resultados dependen del acto impugnado, la documentación disponible y la estrategia más conveniente.
CASO RESUELTO

RECURSO DE REVOCACIÓN

Persona física con actividad empresarial · CDMX

Multa de $380K dejada sin efectos por violación al procedimiento
Caso presentado de forma anonimizada por confidencialidad. Los resultados pueden variar según las condiciones de cada asunto.

Preguntas frecuentes sobre Recurso de Revocación

Estas respuestas son orientación general. La estrategia real depende del acto de autoridad, los documentos recibidos y los plazos legales aplicables.
¿Es obligatorio agotar el recurso antes del juicio contencioso?
No. El recurso de revocación es optativo: puede ir directamente al TFJA. El recurso es más rápido y económico; el juicio ofrece mayor independencia de la propia autoridad.
Sí, al interponer el recurso puede solicitarse la suspensión de la ejecución del crédito. Generalmente se requiere garantizar el interés fiscal. Lo evaluamos caso por caso.
La autoridad tiene 3 meses para resolver. Si no responde en ese plazo, opera la negativa ficta y puede impugnarse ante el TFJA.

Los primeros 30 días definen todo. Actuemos ya.

Si recibió una resolución del SAT, revise su caso antes de que venza el plazo. Un diagnóstico oportuno puede cambiar la estrategia completa.